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🔐 Fianza y garantías: cuánto es legal pedir

Actualizado: julio 2026  ·  Base legal: Art. 36 LAU

En corto

La fianza legal es 1 mensualidad en vivienda habitual (2 en local o temporada). Por encima de eso, el propietario puede pedir garantía adicional, pero como máximo el equivalente a 2 mensualidades más.

Qué es, en detalle

Se confunden 'fianza' y 'garantía adicional', y no son lo mismo. La FIANZA LEGAL es obligatoria y su importe está fijado por ley: una mensualidad de renta en alquiler de vivienda habitual, dos en arrendamiento para uso distinto de vivienda (temporada, local). El propietario debe depositarla en el organismo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Aparte, las partes pueden pactar una GARANTÍA ADICIONAL (dinero, aval bancario, fiador) pero, en vivienda habitual, el límite es el equivalente a dos mensualidades más — pedir más excede la ley.

Casuística: 'me piden 3 meses de fianza + 3 de garantía, ¿es legal?' — la fianza legal solo puede ser de 1 mes en vivienda habitual; lo demás, hasta 2 meses más de garantía, es el máximo permitido — 3+3 excede el límite. 'El propietario no depositó mi fianza en el organismo autonómico, ¿me afecta a mí?' — es una obligación e infracción del propietario, no tuya; tú puedes exigir el comprobante del depósito.

Qué hacer

Errores que se pagan caros

Verificar los importes lo haces tú con esta guía. Si el propietario se niega a devolver la fianza sin causa acreditada, que un abogado te ayude a reclamarla.

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