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💍 Gananciales, separación de bienes y la firma del cónyuge

Actualizado: junio 2026  ·  Base legal: CC arts. 1320, 1346-1361

En corto

En gananciales la vivienda suele ser de los dos. Y para vender la vivienda habitual hace falta el consentimiento del cónyuge aunque no sea titular.

Qué es, en detalle

El régimen económico del matrimonio cambia quién tiene que firmar. En gananciales, lo comprado durante el matrimonio suele ser de ambos. Y aunque la vivienda habitual figure a nombre de uno solo, para venderla o hipotecarla se necesita el consentimiento del otro cónyuge (art. 1320 CC), para proteger el hogar familiar. En separación de bienes cada uno responde de lo suyo. Las parejas no casadas que compran juntas lo hacen en proindiviso y conviene firmar un pacto de convivencia que regule qué pasa si se separan.

Qué hacer

Errores que se pagan caros

En operaciones con régimen ganancial, vivienda habitual o parejas no casadas, un abogado evita que el contrato sea anulable.

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