🧱 Derramas de la comunidad: aprobadas pero no giradas
El certificado de estar al corriente no cubre las derramas ya aprobadas y aún no cobradas. Quien es propietario al aprobarse la obra responde (art. 17.11 LPH).
Qué es, en detalle
El certificado de estar al corriente (art. 9.1.e LPH) dice que el vendedor no debe cuotas, pero NO cubre las derramas ya aprobadas en junta y aún no pasadas al cobro. Por ley (art. 17.11 LPH), quien es propietario al aprobarse una obra responde de su pago, salvo pacto. Si compras justo después de una junta que aprobó una derrama grande (rehabilitación, ascensor, fachada), podrías heredar ese gasto sin saberlo. Por eso conviene leer las actas recientes, no solo el certificado.
Qué hacer
- Pide las actas de las últimas juntas, no solo el certificado.
- Pregunta por obras o derramas aprobadas y aún no cobradas.
- Pacta en las arras quién paga las derramas pendientes.
- Confirma con el administrador el importe y el calendario.
Errores que se pagan caros
- Conformarte con el certificado de estar al corriente y no leer las actas.
- No pactar quién asume una derrama ya aprobada.
- Comprar tras una junta de obra grande sin preguntar.
Leer actas y pactar el reparto lo haces tú. Si la derrama es alta o discutida, que un abogado lo deje atado en el contrato.
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