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🧱 Derramas de la comunidad: aprobadas pero no giradas

Actualizado: junio 2026  ·  Base legal: Arts. 9.1.e y 17.11 LPH

En corto

El certificado de estar al corriente no cubre las derramas ya aprobadas y aún no cobradas. Quien es propietario al aprobarse la obra responde (art. 17.11 LPH).

Qué es, en detalle

El certificado de estar al corriente (art. 9.1.e LPH) dice que el vendedor no debe cuotas, pero NO cubre las derramas ya aprobadas en junta y aún no pasadas al cobro. Por ley (art. 17.11 LPH), quien es propietario al aprobarse una obra responde de su pago, salvo pacto. Si compras justo después de una junta que aprobó una derrama grande (rehabilitación, ascensor, fachada), podrías heredar ese gasto sin saberlo. Por eso conviene leer las actas recientes, no solo el certificado.

Qué hacer

Errores que se pagan caros

Leer actas y pactar el reparto lo haces tú. Si la derrama es alta o discutida, que un abogado lo deje atado en el contrato.

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