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🔑 El propietario vende: ¿qué pasa con tu alquiler?

Actualizado: julio 2026  ·  Base legal: Arts. 14 y 25 LAU

En corto

Si tu casero vende la vivienda, el contrato sigue vigente con el nuevo dueño (te subrogas), y además tienes derecho a comprarla tú antes que nadie, salvo que hayas renunciado a ese derecho por escrito.

Qué es, en detalle

Dos protecciones distintas para el inquilino cuando el propietario decide vender: la SUBROGACIÓN (art. 14 LAU) significa que el contrato de alquiler sigue vigente igual con el nuevo propietario — la venta no te echa de la vivienda ni cambia tus condiciones. El TANTEO Y RETRACTO (art. 25 LAU) te da derecho a comprar la vivienda tú, igualando las condiciones que el propietario haya pactado con un tercero, antes de que se la quede otro comprador. Este derecho se puede renunciar expresamente en el contrato de alquiler; muchos contratos lo incluyen.

Casuística: 'me acaban de avisar de que venden el piso donde vivo de alquiler, ¿tengo que irme?' — no, tu contrato sigue vigente con el comprador en las mismas condiciones. '¿Puedo comprarla yo antes que el comprador que ya tienen?' — solo si no renunciaste al tanteo en tu contrato; si no renunciaste, deben comunicarte las condiciones de la venta y darte la opción de igualarlas antes de formalizarla con otro.

Qué hacer

Errores que se pagan caros

Revisar tu contrato y entender qué derechos tienes lo puedes hacer tú con esta guía. Si valoras ejercer el tanteo o el retracto, que un abogado calcule bien los plazos: son cortos y se pierden fácil.

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